Reteiva-Retención en la fuente en el impuesto a las ventas

Que es el reteiva?

La retención en el impuesto a las ventas se estableció con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre las ventas, que deberá practicarse en el momento en que se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero.
 
La retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que se efectúen por impuesto sobre las ventas, contara con una tarifa de 15% del valor del impuesto facturado; cuando se trate de operaciones con tarjeta de crédito y/o débito, la retención será de 15%, y cuando se trate de la prestación de servicios gravados contratados con personas o entidades sin residencia o domicilio en el país, la retención será de 100% del valor del impuesto.
 

 

¿A quiénes no se aplica el reteiva o retención de iva?

 

 

 

No debe aplicarse retención en el impuesto sobre las ventas en los siguientes casos:

 

 

 

• Cuando la prestación de servicios sea inferior a cuatro UVT y sobre compras gravadas por cuantía inferior a 27 UVT para el año Vigente 2018 ($133,000 por servicios y $895,000 por compras).

 

 

 

• Responsables del régimen común que sean catalogados como grandes contribuyentes.

 

 

 

• Responsables del régimen común que hayan sido designados por la DIAN como agentes retenedores de IVA.

 

• Entidades estatales.

• La retención en la fuente por IVA se aplica teniendo en cuenta la calidad de cada una de las partes que intervienen en la transacción. En el siguiente esquema se observan los tres niveles de contribuyentes y el sentido en que opera la retención; esta se aplica únicamente en sentido vertical, es decir, no se realiza entre contribuyentes del mismo nivel.

 

• debe tenerse en cuenta que las compras de desperdicios de hierro realizadas por las siderúrgicas, compras de desperdicios de plomo efectuadas por las empresas de fabricación de pilas, compras de desperdicios de papel o cartón a cargo de las empresas que fabrican tales productos, y la compra de tabaco, se encuentran sujetas a reteiva a una tarifa del 100 % del IVA (ver los artículos 437-4 y 437-5 del ET).
 

 

Obligaciones de los agentes retenedores de reteiva

 

 

Los agentes retenedores y las entidades del Estado tienen las siguientes obligaciones:

 

 

• Discriminar en las facturas el impuesto sobre las ventas.

 

 

• Efectuar la retención teniendo en cuenta la calidad de las partes que intervienen en la operación.

 

 

• Declarar y pagar mensualmente los dineros recaudados.

 

• Expedir certificados bimestrales.
• Llevar la cuenta del pasivo 2367, denominada impuesto a las ventas retenido.

cuando se aplica retención en la fuente a titulo de iva:


Comprador
Vendedor
Tiene reteiva?
Régimen común
Régimen común
NO
Régimen común
Régimen simplificado
NO
Régimen común
Gran contribuyente responsable de IVA
NO
Régimen común
Gran contribuyente NO responsable de IVA
NO
Régimen común
No residente o no domiciliado en el país
SI, Asume el 100% del iva

 

Comprador
Vendedor
Tiene reteiva?
Régimen común
Régimen común
NO
Régimen simplificado
Régimen común
NO
Gran contribuyente responsable de IVA
Régimen común
SI, 15% del iva
Gran contribuyente NO responsable de IVA
Régimen común
SI, 15% del iva
No residente o no domiciliado en el país
Régimen común
NO

 

comprador
Vendedor
Tiene reteiva
Régimen simplificado
No residente o no domiciliado en el país
SI, Asume el 100% del iva
Comprador
Vendedor
Tiene reteiva?
Gran contribuyente responsable de IVA
Régimen común
SI, Asume el 15% del iva
Gran contribuyente responsable de IVA
Régimen simplificado
NO
Gran contribuyente responsable de IVA
Gran contribuyente responsable de IVA
NO
Gran contribuyente responsable de IVA
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
NO
Gran contribuyente responsable de IVA
No residente o no domiciliado en el país
SI, Asume el 100% del iva
Comprador
Vendedor
Tiene reteiva?
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
Régimen común
SI, Asume el 15% del iva
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
Régimen simplificado
NO
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
Gran contribuyente responsable de IVA
NO
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
NO
Gran contribuyente NO  responsable de IVA
No residente o no domiciliado en el país
SI, Asume el 100% del iva

Nota importante: regla general contenida por el artículo 437-2 del estatuto tributario quien señala los agentes de retención en el impuesto a las ventas, se desprende que un responsable del régimen común no debe practicarle retención en la fuente a título de Iva a otro responsable del régimen común.

Adicionalmente, el reteiva se aplica cuando la operación gravada supera los topes mínimos sujetos a retención para efectos de retención a título de renta, tanto por compras como por servicios.

Es decir que no se aplica Reteiva cuando la operación económica no supera los topes mínimos de 4 UVT para servicios y de 27 UVT para compras.

 

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